DERECHO DE AUTOR

Protegemos sus creaciones en todos los ámbitos del mundo de la propiedad intelectual.

El creador de la obra puede prohibir u autorizar su reproducción, interpretación o ejecución pública, su grabación, transmisión por cualquier medio, traducción o adaptación.

DERECHOS MORALES Y PATRIMONIALES

El autor está en posesión de dos tipos de derechos: los derechos morales de la obra y los derechos patrimoniales o de explotación económica de la obra.

Los derechos morales son irrenunciables e inalienables, pudiendo el autor exigir en cualquier momento su reconocimiento como autor, también podrá decidir si la obra se puede divulgar, modificar, etc.

Los derechos económicos se pueden ceder y son todos aquellos que sirven para la explotación económica de la obra: traducciones, adaptaciones teatrales, exposiciones públicas, cambios de formato, etc.

Los nuevos ámbitos de creación también quedan protegidos por el derecho de autor, de esta forma los programas informáticos (software), las Webs o portales de internet etc. son susceptibles de ser registrados.

EL AUTOR

El autor puede ser una persona física, un colectivo de autores, e incluso una persona física que trabaje para una empresa.

En función del tipo de autor y del formato de la obra, la documentación necesaria para acceder al registro será diferente

MARCO LEGAL

Los derechos de autor están regulados en México por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y su Reglamento (RLFDA), y en España por la Ley de Propiedad Intelectual, ordenamientos jurídicos que apoyan a los creadores de obras artísticas y literarias, así como a los titulares de sus derechos conexos, tales como son:

DERECHOS DE AUTOR

Las legislaciones en materia de Propiedad Intelectual generalmente protegen los siguientes tipos de creaciones intelectuales.

Literaria

Musical, con o sin letra

Dramática

Danza

Pintórica o de dibujo

Escultórica y de carácter plástico

Caricatura e historieta

Arquitectónica

Cinematográfica y demás obras audiovisuales

Programas de radio y televisión

Programas de cómputo

Fotográfica

Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y de compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.

 

OBRAS DERIVADAS

Es conveniente destacar que cualquier obra que sea modificada de tal forma que se convierta en una derivación de la obra principal (traducciones, adaptaciones, compilaciones, etc.),  también es susceptible de protección, sin embargo,  es muy conveniente señalar que estas no podrán explotarse comercialmente salvo que exista la autorización previa, expresa y por escrito del autor primigenio.

 

DRECHOS CONEXOS

Los derechos conexos, también conocidos como “derechos vecinos”  son  aquellos que generalmente tienen una estricta relación con los derechos de autor, ya que generalmente los materializan, de maneras ciertamente artísticas pero en una evolución de creatividad diferente, por ejemplo, artistas, intérpretes, músicos ejecutantes, etc.

 

LOS ARTISTAS INTÉRPRETES Y EJECUTANTES

De manera individual:

Actores, narradores, declamadores, cantantes, músicos, bailarines, o a cualquiera otra persona que interprete o ejecute una obra literaria o artística o una expresión del folclor o que realice una actividad similar.

 

De manera colectiva pueden ser:

Artistas que participen colectivamente en una misma actuación, tales como grupos musicales, coros, orquestas, de ballet o compañías de teatro, antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos.

 

LOS EDITORES DE LIBROS

El editor de libros es la persona física o moral que selecciona o concibe una edición de una obra literaria o artística (unitaria y no periódica), que realiza a través de terceros su elaboración.

 

LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS

Fonograma es toda fijación, exclusivamente sonora, de los sonidos de una interpretación, ejecución o de otros sonidos, o de representaciones digitales de los mismos y Productor de fonogramas es la persona física o moral que fija por primera vez los sonidos de una ejecución u otros sonidos o la representación digital de los mismos y es responsable de la edición, reproducción y publicación de fonogramas.

 

LOS PRODUCTORES DE VIDEOGRAMAS

Videograma es la fijación de imágenes asociadas, con o sin sonido incorporado, que den sensación de movimiento, o de una representación digital de tales imágenes de una obra audiovisual o de la representación o ejecución de otra obra o de una expresión del folclor, así como de otras imágenes de la misma clase, con o sin sonido y que Productor de videogramas es la persona física o moral que fija por primera vez imágenes asociadas, con o sin sonido incorporado, que den sensación de movimiento, o de una representación digital de tales imágenes, constituyan o no una obra audiovisual.

 

LOS ORGANISMOS DE RADIODIFUSIÓN

Organismo de radiodifusión es la entidad concesionada o permisionada capaz de emitir señales sonoras, visuales o ambas, susceptibles de percepción, por parte de una pluralidad de sujetos receptores.

Entendiendo por emisión o transmisión, la comunicación de obras, de sonidos o de sonidos con imágenes por medio de ondas radioeléctricas, por cable, fibra óptica u otros procedimientos análogos. El concepto de emisión comprende también el envío de señales desde una estación terrestre hacia un satélite que posteriormente las difunda.

 

SERVICIOS:

  • Asesoramiento, registro y protección de los derechos de propiedad intelectual: inscripción de derechos en el registro de la propiedad intelectual
  • Registros de Propiedad Intelectual en México, España y a nivel internacional
  • Trámites administrativos y privados ante el registro de la propiedad intelectual y entidades de gestión de derechos
  • Asesoramiento sobre estrategias de protección alternativa de obras multimedia, audiovisuales, literarias y gráficas
  • Asesoramiento sobre el registro privado de contenidos de páginas web, portales, revistas digitales y blogs
  • Diseño de estrategia y gestión de registros alternativos.
  • Asesoramiento y defensa jurídica de derechos de propiedad intelectual y afines (copyright, creaciones literarias, composiciones musicales, software, fotografía, escultura, arquitectura…).
  • Asesoramiento en materia de infracciones de derechos de propiedad intelectual, ya sea en vía civil o penal
  • Elaboración y revisión de licencias y acuerdos de transferencia